Micelio
Auto15 de septiembre de 1994

A- de 1994

Ponente Jorge Arango Mejía

Demandante Jothnson Ceballos Martha Beatriz·Demandado Junta Administradora Conjunto Residencial Montana

Tema · dato duro
Nulidad Por Falta De Notificacion.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se ordenó al Tribunal Superior del distrito Judicial de esta ciudad, poner en conocimiento la nulidad de todo lo actuado por ese despacho judicial a partir de la presentación de la demanda de tutela de la referencia, consideró la Corte que en este caso se vulneró el derecho de defensa.

Y en consecuencia, el citado Tribunal debe informar al demandante sobre la nulidad del proceso por no habérsele notificado desde el inicio.

Además, se le advertirá que si guarda silencio, la nulidad se entenderá saneada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. Se ORDENA al Tribunal Superior del distrito Judicial de esta ciudad, poner en conocimiento la nulidad de todo lo actuado por ese despacho judicial, a partir de la presentacion de la demanda de tutela de la referencia. En consecuencia, el citado Tribunal debe notificar al Conjunto Residencial "Montana" o su representante legal, si fuera el caso, de la nulidad que contiene el presente proceso, por no habersele notificado su iniciacion. Ademas, se le advertira que si guarda silencio, la nulidad se entendera saneada.
  2. SEGUNDO. Por Secretaria General, DEVOLVER el presente expediente al mencionado Tribunal para el cumplimiento de lo ordenado en el anterior numeral.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.